[OT] Trámites a realizar al tener un hijo

En esta ocasión no voy a hablar de GNU/Linux, ni de Android, ni de redes… sino de otro tema bastante distinto (de ahí el [OT] –Off Topic inicial).

Hace poco he tenido la fortuna de ser papi y, como quiera que la realización de todo el papeleo tras el parto es algo complicado (al menos, pesado), os voy a resumir mi experiencia por si a alguien le sirve.

Es una pequeña guía de pasos a realizar para llevar a cabo todos los trámites necesarios en relación al nacimiento de vuestro hij@.

1.- En el Hospital

Cuando dan el alta a la madre y al niño os dan dos hojas para llevar al juzgado. Una amarilla y otra con el sello del hospital indicando que no lo han incorporado (al hijo) en el registro civil para que los padres lo inscriban en su pueblo natal.

NUEVO: Ahora se puede registrar al hijo en el propio hospital. Para ello debéis ir al despacho correspondiente con el libro de familia en el plazo de las 72 horas tras el parto. Pasado este plazo ya no se puede registrar en el hospital. No os actualizan el libro de familia sino que os mandarán un documento oficial a la dirección de e-mail que les indiquéis. En cualquier caso, el libro de familia desparecerá en breve.

También te dan (y si no solicitadlo) un justificante que confirma que el parto ha sido en tal fecha, que se llama así y va con el sello del hospital. Es lo que tienes que enviar a tu dpto. de recursos humanos, sólo eso. De hecho, os tienen que dar dos (solicitadlos), porque uno será para la empresa del papi y otro para la de la mami.

También os dan unos sobrecitos con papeles para el pediatra (para la prueba del talón que hay que hacer a los 3 días), para el centro de salud (para hacer el informe de maternidad), otro para la matrona, el informe médico… entre otros.

Os recomiendo que guardéis todos estos documentos en una carpeta y la llevéis durante la tramitación de todo el papeleo, ya que os irán haciendo falta, paulatinamente, todos y cada uno de los documentos.

2.- En el juzgado

Si habéis registrado a vuestro hijo en el hospital (ver punto anterior) ya no tenéis que hacer nada aquí, salvo que queráis actualizar el libro de familia mientras aún tiene validez.

3.- Certificados de empresa

Necesitáis los certificados de empresa para la tramitación de la baja por paternidad y maternidad.

La empresa (normalmente secretaría o bien el dpto. de recursos humanos) os lo facilitarán presentando simplemente el documento del justificante del parto (por eso en el punto 1 os tienen que dar 2).

En ambos casos os enviarán un certificado de empresa que deberéis presentar en el INSS.

4.- En el INSS

Aquí hay que tramitar la baja por paternidad y maternidad, ya que es el INSS y no la empresa la que paga durante estos días de baja. También hay que solicitar aquí la tarjeta sanitaria para el niño.

Debéis presentar los certificados de empresa a los que hacíamos referencia en el punto anterior.

También debéis presentar el documento que os enviaron por e-mail con la inscripción de vuestro hijo en el registro civil. Imprimid dos copias de éste, uno para la solicitud del padre y otro para la madre. Con uno podría bastar, pero con dos facilitaréis las cosas al funcionario que os atiende.

También hay que llevar fotocopias de DNI del padre y de la madre. Aunque es raro que lo hagan, llevad también el libro de familia (aunque no incluya al nuevo hijo) porque puede que os lo pidan.

Ah, la solicitud del papi la tiene que firmar el papi y la de la mami pues eso, la mami, así que tendréis que pedirle que os den la solicitud para firmarla y llevarla otro día (hay quienes la descargan de Internet y ya van un paso por delante, haciéndolo todo en una sola vez).

Los documentos que os dan aquí son: un justificante de haber tramitado la solicitud de paternidad y otro por la de maternidad junto con un documento que necesitaréis presentar en el centro de salud para la petición de tarjeta sanitaria para vuestro hijo si es que lo habéis solicitado en el propio INSS.

5.- En Hacienda

Hay que rellenar el modelo 140. Básicamente, hay que poner los datos personales de la madre, su número de la SS y que lo firme la madre, ya que esta ayuda es para las madres trabajadoras, y consiste en 100 euros que os da el estado mensualmente hasta que el niño tenga 3 años.

Os lo pueden abonar mensualmente o podéis escoger la opción de que os lo den anualmente (con la declaración de la renta).

También hay que indicar, obviamente, el número de la cuenta donde queréis que os ingresen el dinero.

Tiene que firmarlo la madre. Indico esto porque como normalmente estas cosas las hacemos los papis, que tengáis en cuenta que es posible que os toque dar dos viajes, a no ser que, previsores vosotros, tengáis una copia del modelo 140 en vuestro poder previamente y os baste con ir una sola vez (creo que se puede descargar de internet).

6.- En el ayuntamiento

Con la hoja de inscripción en el registro del hijo (tendréis que imprimir otra copia) o bien con el libro de familia -si es que lo habéis actualizado en el juzgado-, censarán al niño en vuestro domicilio.

Sacad un par de copias del censo de vuestro hijo. No valen fotocopias ya que tienen que ir compulsadas (os las dan así ya en el Ayuntamiento).

7.- En el Centro de salud

Tendréis que ir a vuestro centro de salud para solicitar la tarjeta sanitaria para vuestro hijo.

En tal caso, tenéis que presentar el documento que os dieron en el INSS para la solicitud de la tramitación de la tarjeta sanitaria del bebé, junto con el documento que os dieron en el hospital y que hace referencia a esta tramitación. También hay que presentar un certificado de empadronamiento del bebé.

Espero que os sirva. Si detectáis alguna errata comentadlo.

 

ACTUALIZADO en Enero de 2016, incluyendo las nuevas modificaciones en los trámites.